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Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres

#Ponemos en su conocimiento que la Inspección de Trabajo ha puesto en marcha una campaña de concienciación para que todas las empresas incluyan de manera efectiva en su política y en su gestión el contenido de la Ley Orgánica 3/2007 de 22/3/2007 (BOE nº 71 de 23/3/2007) sobre

IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES

en especial en lo referente a la

DISCRIMINACIÓN POR SEXO

 

y a la prevención de situaciones de

- ACOSO SEXUAL

- ACOSO POR RAZONES DE SEXO

- ACOSO MORAL

Por ello entra dentro de lo probable que reciba una citación de la Inspección de Trabajo para que informe sobre las medidas específicas que ha adoptado sobre estos aspectos en su empresa.

Puesto que estos casos pueden derivar en riesgos para el trabajador, fundamentalmente de índole psicosociológica, los procedimientos de actuación deberán formar parte también del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa.

En caso de que tenga contratada la gestión de la prevención con un Servicio de Prevención Ajeno, debes tratar este tema con ellos.

Si ha adoptado como fórmula para el Servicio de Prevención en su empresa cualquiera de las otras modalidades previstas en la normativa vigente, debe incorporar al Plan de Prevención los procedimientos sobre acoso.

En cualquier caso, desde Adade Valencia podemos facilitarle el contacto con técnicos especialistas que podrán informarte y asesorarte adecuadamente.

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